El Real Decreto Ley 28/2018 recoge importantes novedades en materia de cotización de los trabajadores autónomos, que se empezaron a aplicar a partir del 1 de enero de este año:
- No tendrá que abonar la cuota a partir del día 61 de baja por incapacidad temporal.
- Tendrá obligación de cotizar para la cobertura de cese de actividad, así como de accidentes y enfermedad profesional.
- En cuanto a los tipos de cotización, ésta será del 30%, en todos los casos, sin tener en cuenta la actividad desarrollada:
Base Cotización Trabajadores Autónomos 2019 |
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Base de cotización €/mes |
Tipo de Cotización Contingencias comunes+ |
Cuota a pagar |
944.40
-mínima en 2019, salvo administradores sociedades- |
30 % * |
283,32 |
1214,10
-mínima para administradores sociedades- |
364,22 |
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1000,00 |
300,00 |
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1200,00 |
360,00 |
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…. |
…. |
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4070,10
-máxima en 2018- |
1221,03 |
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