El IVA sube mañana al 21%

El tipo general de IVA pasará mañana del 18% al 21% y el tipo reducido se elevará desde el 8% al 10%, tras la subida del impuesto aprobada por el Gobierno. El material escolar sufre una subida de 17 puntos y más de diez productos y servicios, como el cine y las peluquerías, sube del 8% al 21%.

La modificación, que entra en vigor el 1 de septiembre, no implica cambios en el tipo superreducido, que grava los bienes de primera necesidad y que se mantiene en el 4% actual.

Sólo salen de este grupo la compra de vivienda nueva, que tributaba al 4% por circunstancias excepcionales, y el material escolar, que pasará a tributar al 21%.

Material escolar Los libros de texto seguirán tributando al IVA superreducido, así como los álbumes, partituras, mapas y cuadernos de dibujo, mientras que subirán 17 puntos los portalápices, las agendas, las cartulinas, los blocs de manualidades, los compases, el papel coloreado y la plastilina.

También sufren este cambio la pasta de modelado, los lápices de cera, las pinturas, las témperas, los cuadernos de espiral, los rollos de plástico para forrar libros y las mochilas infantiles y juveniles.

Asimismo, pasará a tributar al 21% el material didáctico de uso escolar (como los puzzles) y otros juegos didácticos, mecanos o de construcción. También tributarán al tipo máximo, sin que haya habido cambios en este sentido, el material de oficina que no se considera de uso escolar (folios, bolígrafos, lapiceros, grapadoras, ‘tippex’, pegamentos y tijeras, entre otros objetos.

Además, se incluye una reclasificación de los productos y servicios gravados por el impuesto, de forma que algunos que hasta ahora se gravaban al tipo reducido pasarán al tipo general. En concreto, más de diez productos y servicios que hasta este viernes tributaban al 8% pasarán mañana a ser gravados con un tipo general del 21%, lo que implica una subia de trece puntos.

Cines, teatro, peluquerías, gimnasios y servicios funerarios Este es el caso de la entrada a teatros, cines circos y demás espectáculos y de algunos servicios, como la peluquería o los servicios funerarios. Lo mismo ocurre con los cosméticos y algunos productos de higiene personal, así como con los servicios mixtos de hostelería, las discotecas, salas de fiesta y gimnasios y demás productos y servicios del sector Fitness.

También pasarán a tributar al 21% las flores y plantas ornamentales, los servicios de televisión digital, la adquisición de obras de arte, los servicios prestados por artistas y los servicios de radiodifusión.

En cambio, se seguirá aplicando el IVA reducido, pero con un tipo del 10% en las entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones de productos susceptibles de ser utilizados para la nutrición humana o animal, excepto las bebidas alcohólicas.

También se le seguirá aplicando este tipo al agua, tanto para el consumo como para el riego, a los bienes y productos que se dediquen a actividades agrícolas, forestales o ganaderas y a los medicamentos para uso animal y las sustancias medicinales susceptibles de ser utilizadas.

Lo mismo ocurrirá con los aparatos y complementos destunados a suplir las deficiencias físicas del hombre o de los animales, incluidas las limitativas de su movilidad y comunicación.

Productos sanitarios Los productos sanitarios, material, equipos o instrumental que sólo puedan utilizarse para prevenir, diagnosticar, tratar, aliviar o curar enfermedades o dolencias del hombre o de los animales también se gravarán al 10%, además de algunos productos de higiene personal como las compresas, tampones y ‘salvaslips’.

También se mantienen en el grupo de IVA reducido los edificios aptos para su uso como viviendas, incluidas las plazas de garaje, así como las semillas, bulbos, esquejes y otros productos de origen vegetal que se usen en la obtención de flores y plantas vivas.

Servicios En cuanto a los servicios, se mantienen en el grupo de IVA reducido los transportes de viajeros y sus equipajes, los servicios de hostelería, acampamento y balneario, los de restaurantes y, en general, el suministro de comidas y bebidas para consumir en el acto, incluso si se confeccionan previo encargo del destinatario.

También se quedan en este grupo la plantación, siembra, injertado, abonado, cultivo y recolección; el embalaje y acondicionamiento de los productos y la cría, guarda y engorde de animales o la asistencia técnica, entre otras cosas.

Igualmente, se aplicará este tipo impositivo a las prestaciones de servicios realizadas por las cooperativas agrarias a sus socios como consecuencia de su actividad cooperativizada y a los servicios de limpieza de vías públicas, parques y jardines públicos.

Tributarán también al 10% los servicios de recogida, almacenamiento, transporte, valorización o eliminación de residuos, limpieza de alcantarillados públicos y desratización de los mismos y la recogida o tratamiento de las aguas residuales.

Espectáculos deportivos Y seguirán formando parte de este grupo la entrada a bibliotecas, archivos y centros de documentación y museos, galerías de arte y pinacotecas, así como los espectáculos deportivos de carácter aficionado y las exposiciones y ferias de carácter comercial.

Las ejecuciones de obra de renovación y reparación realizadas en edificios destinados a viviendas también tributarán al 10% en determinadas ocasiones, igual que los arrendamientos con opción de compra y la cesión de los derechos de aprovechamiento por turno de edificios cuando el inmueble tenga, al menos, diez alojamientos.

Se quedarán en este grupo las ejecuciones de obras de contratos formalizados entre el promotor y el contratista para la construcción o rehabilitación de edificaciones, las ventas con instalación de armarios para estas edificaciones y las ejecuciones de obra de contratos formalizados entre las Comunidades de Propietarios de las edificaciones y el contratista que tengan por objeto la construcción de garajes complementarios.

Cigarrillos Las principales marcas de cigarrillos no subirán previsiblemente de precio a pesar del aumento del IVA del 18% al 21%, dado que el Gobierno amortiguará el impacto de este alza fiscal con una reducción del tramo ‘ad valorem’ de los impuestos especiales (IIEE) que entra en vigor también este sábado 1 de septiembre.

En concreto, el tipo ‘ad valorem’ o proporcional sobre los cigarrillos (que depende del precio de venta) bajará desde el 55% actual hasta el 53,1%, lo que supone una reducción equivalente al incremento del IVA.

Las principales marcas no se verán obligadas a incrementar de nuevo los precios, después del encarecimiento de entre 20 y 25 céntimos por cajetilla que propició la reestructuración fiscal aprobada a finales de marzo.

Tras ese movimiento de precios, las ventas de cigarrillos se desplomaron en mayo y junio por encima del 20%, con lo que acumulan un retroceso de más del 8% en lo que va de año.

Junto a la bajada del tipo ‘ad valorem’, el Ejecutivo aumentó el impuesto mínimo para los cigarrillos de un tipo único de 116,9 euros por cada 1.000 unidades a 119,1 euros para evitar la proliferación de tabaco barato. También se ha incrementado el impuesto mínimo para el tabaco de liar y se ha implantado un tipo mínimo para puros y puritos

 

(fuente Expansión 31-08-11)

 

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